A los empleadores se les prohíbe crear o permitir
ambientes laborales hostiles basándose en la edad, raza, sexo,
orientación sexual, religión, discapacidad/invalidez, ascendencia y
procedencia del empleado. A fin de identificar si existe un ambiente
laboral hostil en su centro laboral, un empleado debe probar
principalmente que la queja por conducta incorrecta no hubiera
tomado acción excepto por el hecho de pertenecer a uno de los
“casos” previamente mencionados y que su conducta fuese afectada o
mermada de tal forma que una persona razonable crea que las
condiciones de su empleo hayan sido alteradas.
Si usted cree que el ambiente de su centro laboral es hostil, contáctenos
para una consulta inicial gratuita.